DECRETO LEY 27/2020 OBLIGACIÓN DE RELACIONARSE POR MEDIOS ELECTRÓNICOS EN PROCESOS SELECTIVOS

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Publicación del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se adoptan diversas medidas como consecuencia de la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

Hola !

En el BOJA del 23 de Octubre se ha publicado este Decreto Ley.  En el se señala que debido a la situación actual provocada por la COVID 19, para hacer frente a las necesidades de conciliación de la prestación del servicio público y la protección de la salud de la ciudadanía, así como minimizar los riesgos de contagio, se establece en el artículo único de este decreto-ley la obligación de relacionarse exclusivamente con la Administración General de la Junta de Andalucía en los procedimientos selectivos de acceso, provisión de puestos y bolsas de trabajo, a través del uso de medios electrónicos. Esta medida, de carácter urgente, contribuye a la eficacia de la gestión de estos procedimientos y a facilitar la incorporación de personal con la celeridad con que se debe llevar a cabo.

Concurre el presupuesto de extraordinaria y urgente necesidad ante la situación actual de evolución de la pandemia originada por el COVID-19, que determina la premura de implementar medidas inmediatas para minimizar las posibilidades de contagio, incluyendo los correspondientes procedimientos en materia de selección, promoción interna, provisión de puestos de trabajo del personal y participación en las bolsas de trabajo. Esta necesidad resulta incompatible con los plazos propios de la tramitación ordinaria de una disposición legal o reglamentaria, mediante la que pudiera establecerse la regulación de la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración de la Junta de Andalucía.

Así, en el artículo ÚNICO de este Decreto se recoge dicha obligación.

Podéis ver el Decreto completo aqui: Decreto Ley 27 2020

O en la propia pagina del BOJA: https://juntadeandalucia.es/boja/2020/567/BOJA20-567-00012-12597-01_00179887.pdf

La redacción completa de dicho artículo UNICO es esta:

Artículo único. Obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración de la Junta de Andalucía en los procedimientos selectivos de acceso, provisión de puestos y bolsas de trabajo.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quienes aspiren a ingresar o acceder a los cuerpos, especialidades u opciones de personal funcionario o categorías profesionales de personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía deberán relacionarse obligatoriamente a través de medios electrónicos en los términos que establezca la convocatoria y, en todo caso, en los trámites de presentación de solicitudes, alegaciones y aportación de documentación.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, quienes aspiren a ingresar o acceder a los cuerpos, especialidades u opciones de personal funcionario o categorías profesionales de personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía, mediante el procedimiento de promoción interna para el personal funcionario o concurso de promoción para el personal laboral, deberán relacionarse obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía y, en todo caso, en los trámites de presentación de solicitudes, alegaciones y aportación de documentación.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la presentación de las solicitudes de participación en los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario o del personal laboral, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas participantes en aquéllos, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en la forma establecida para el sistema de identificación y firma para los empleados públicos en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.

4. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la participación en las bolsas de trabajo tanto de personal funcionario como de personal laboral, así como la realización de los demás trámites y actos de las personas incluidas en aquéllas, se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos y en los términos que se establezcan en las resoluciones o convocatorias.

5. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la participación en las ofertas para la selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino asimilado o como personal laboral temporal que se realicen conforme al artículo 13 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), se realizarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, en los términos que establezcan las resoluciones o convocatorias.

6. La obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración de las personas que no tengan la condición de empleado público en los procedimientos previstos en los apartados 1, 4 y 5 de este artículo se podrá exceptuar, atendiendo a lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las correspondientes ofertas de empleo público, resoluciones o convocatorias.

* Las medidas previstas en el artículo único de este decreto-ley no serán de aplicación a los procedimientos que se hubieran iniciado con anterioridad a su entrada en vigor, que continuarán rigiéndose por las normas que les fueran aplicables en el momento de su iniciación.

Si quieres mas información de cualquiera  oposición a la Junta de Andalucía, puedes escribirme a info@adrianopreparador.es o rellenar el Formulario de contacto que aparece en la pagina de inicio de la web: https://www.adrianopreparador.es/

 

Escrito por Adriano De Ory

Hola, soy Adriano de Ory, funcionario del cuerpo superior de administradores de gestión financiera (A1.1200) y preparador de oposiciones a la Junta de Andalucía de: – Cuerpo superior de administradores generales (A1.1100) – Cuerpo superior de administradores de gestión financiera (A1.1200) – Cuerpos de gestión administrativa (A2.1100 y A2.1200) – Cuerpo general de administrativos y de auxiliares (C1.1000 y C2.1000)

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